![]() |
El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha enviado una carta a todos los presidentes de las Audiencias Provinciales de la comunidad para que se inicien reuniones entre las partes implicadas con el fin de fijar un protocolo sobre los juicios de conformidad.
El envío de estas misivas se produce después de que el alto tribunal andaluz ya advirtiera en su última memoria anual sobre el elevado porcentaje -por encima del 60 por ciento en todas las provincias- de sentencias previa de conformidad, que se dan cuando las partes llegan a un acuerdo que hace innecesaria la vista oral.
Este tipo de conformidades acelera y asegura el resultado del proceso y evita la celebración del juicio, de ahí que el TSJA apueste por potenciar su tratamiento con el impulso de un protocolo que evite los llamados “costes del mal funcionamiento de la Justicia”.
Según ha informado hoy el alto tribunal en un comunicado, este tratamiento de las conformidades en el orden jurisdiccional penal será potenciado con base en el Protocolo de Actuación para juicios de conformidad, suscrito entre la Fiscalía General del Estado y el Consejo General de la Abogacía Española en abril de 2009.
El objetivo principal es evitar perjuicios innecesarios para testigos y peritos, al tiempo que se agiliza el trabajo de la oficina judicial y se acorta el tiempo del resto de señalamientos.
Desde el TSJA se ha aconsejado la convocatoria al efecto, por parte de los presidentes de las respectivas Audiencias Provinciales, de reuniones con representantes de todas las partes implicadas (jueces de lo Penal, fiscales, abogados y secretarios), para consensuar el tratamiento de las conformidades.
En este sentido, el tribunal considera que la puesta en práctica de una fórmula que permita lograr una notable agilidad en aquellas causas en que sea posible aplicar la conformidad contribuirá, en definitiva, a mejorar el funcionamiento de la justicia penal.
Todo ello, insiste, disminuiría “sensiblemente” los señalamientos y evitaría las disfunciones que supone citar a testigos y peritos que, al producirse una conformidad de las partes, no llegan a entrar a juicio, de ahí la importancia de implicarse e instaurar un trámite procedimental que permita alcanzar la expuesta finalidad de mejora.
Desde la Presidencia del TSJA se apuntan algunas “sugerencias” de actuación procedimental, sin perjuicio de lo que las partes afectadas consensúen y protocolicen en el marco de sus reuniones.
Entre ellas se encuentran el establecimiento de una comparecencia previa para conformidad, a solicitud de la Fiscalía, incluida además en el propio escrito de calificación que evite cualquier “atisbo de parcialidad o suspicacia”.
Esta comparecencia, con citación tanto de la acusación como de los acusados y sus defensas, podría articularse mediante una resolución del órgano judicial competente para el enjuiciamiento, en el convencimiento de que no supone “entorpecimiento” alguno del trámite ni prejuzga la responsabilidad del acusado.
El TSJA señala que se trataría de un acto previo cuya finalidad estriba en evitar molestias y citaciones innecesarias a testigos, peritos y resto de las partes.
Sin perjuicio de lo anterior, los letrados siempre podrán comunicar con la antelación suficiente al órgano penal competente si estiman necesario el planteamiento de cuestiones previas o descartan la posibilidad de obtener una conformidad, a fin de que se deje sin efecto la posible comparecencia previa inicial y se señale directamente la celebración del juicio.