La Universidad de Granada celebrará este lunes, 21 de mayo, elecciones para elegir a los representantes del Claustro Universitario. Ese día tendrán lugar las votaciones, en un proceso que finalizará el día 24, cuando se realizará la proclamación definitiva de candidatos electos.
Las 60 mesas electorales constituidas para la ocasión permanecerán abiertas de 10 a 19 horas, y estarán repartidas en las distintas facultades y centros de la Universidad. Puede consultarse la distribución de las mesas en el documento adjunto.
Tras las votaciones del lunes, el martes 22 de mayo tendrá lugar el sorteo para dilucidar empates, en su caso, y la proclamación provisional de candidatos electos. Durante los días 22 y 23 de mayo se podrán presentar impugnaciones a la proclamación provisional de candidatos electos (hasta las 14:00 horas del día 23).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de los Estatutos de la Universidad de Granada, corresponden al Claustro Universitario las siguientes competencias:
a) Elaborar, aprobar y modificar los Estatutos de la Universidad.
b) Convocar, con carácter extraordinario, elecciones a Rector de acuerdo con el procedimiento establecido en estos Estatutos.
c) Elegir, de entre los claustrales, el cuarenta por ciento de los miembros del Consejo de Gobierno, reflejando la composición de los distintos sectores del Claustro.
d) Elegir y revocar al Defensor Universitario, así como aprobar, en su caso, su informe anual.
e) Elaborar y aprobar el Reglamento Orgánico del Defensor Universitario.
f) Conocer y debatir las líneas generales de la política de la Universidad, en especial de la presupuestaria. A tal efecto el Rector presentará un informe anual ante el Claustro.
g) Recabar del Rector información sobre cualquier aspecto de su gestión y, en general, de la actividad universitaria.
h) Formular recomendaciones, propuestas y declaraciones institucionales, así como debatir los informes que le sean presentados.
i) Designar a los seis Catedráticos de Universidad que, junto al Rector, formarán parte de la Comisión de Reclamaciones.
j) Aprobar la concesión del título de Doctor Honoris Causa, a propuesta del Consejo de Gobierno.
k) Establecer el régimen de concesión de los premios, distinciones y honores de la Universidad.
l) Asumir cualesquiera otras competencias que las leyes o los Estatutos de la UGR le atribuyan.
El Claustro de la Universidad de Granada estará compuesto por el Rector, Francisco González Lodeiro, que lo presidirá; la Secretaria General, Rossana González González, y el Gerente, Andrés Navarro Galera, y trescientos claustrales elegidos en representación de los distintos sectores de la Comunidad Universitaria con la siguiente distribución:
a) Un 57% de profesores doctores con vinculación permanente a la Universidad (171). El profesorado funcionario no doctor se integra en este sector, asegurándose a este colectivo una representación proporcional a su número en dicho sector, garantizando, en todo caso, al profesorado doctor con vinculación permanente a la Universidad la mayoría legal establecida.
b) Un uno por ciento de profesores eméritos (1) y del personal investigador en formación y perfeccionamiento (2), del cual, un cero treinta y tres por ciento corresponde al primer colectivo, y un cero sesenta y siete por ciento, al segundo.
c) Un cinco por ciento del resto de personal docente e investigador (15), asegurando a los profesores asociados de Ciencias de la Salud una representación específica dentro de dicho sector.
d) Un veintisiete por ciento de estudiantes (81), estableciéndose una representación proporcional respecto al número total de miembros del mencionado sector para los estudiantes de máster universitario y doctorado.
e) Un diez por ciento de miembros del personal de administración y servicios (30).