Un jurado popular ha declarado esta pasada noche culpable de un delito de asesinato y otro de tenencia ilícita de armas al acusado de matar a tiros y en plena calle al exmarido de su compañera sentimental cuando éste acudía a recoger a su hijo menor para cumplir con el régimen de visitas que tenía reconocido.
El veredicto ha sido adoptado por mayoría (siete votos a favor y dos en contra) del jurado encargado de enjuiciar este caso en la Audiencia de Granada, según han informado a Efe fuentes judiciales.
Durante la última sesión del juicio, tanto la Fiscalía como la acusación particular mantuvieron su petición de 21 años y medio de cárcel para el acusado, que durante la vista oral negó los hechos y sostuvo que es incapaz de asesinar a nadie.
Los hechos ocurrieron la tarde del 10 de diciembre de 2010 en el barrio del Zaidín de Granada, cuando la víctima acudió al punto de encuentro para cumplir con el régimen de visitas establecido con su exmujer para disfrutar de la compañía de su hijo, fruto del matrimonio.
Junto a ese punto de encuentro, la víctima recibió dos disparos, uno en la cabeza y otro por la espalda, por parte de un hombre que llevaba peluca, gorra y gafas de sol gruesas para cubrir su identidad, según explicaron los testigos del suceso, que durante el juicio no pudieron identificar con total seguridad al acusado, aunque algunos apreciaron en él rasgos físicos similares.
Durante el juicio, la defensa solicitó la libre absolución del acusado al considerar que existen “duras razonables” sobre su culpabilidad dado que no hay “pruebas claras” que lo inculpen.