El jurado popular ha declarado este miércoles culpable de asesinato al exmarido de una policía granadina que apareció muerta el 15 de noviembre de 2009 en el río Ebro, a su paso por Baños de Ebro (Álava), después de permanecer desaparecida unas dos semanas. El procesado, Borja M.M., se enfrenta, a la espera de que se dicte sentencia, a una pena de entre 15 y 20 años de prisión.
Con ocho de los nueve votos, el tribunal popular, considera que el inculpado, expolicía, causó “intencionadamente” y con “alevosía” la muerte a su exmujer, y ha considerado probado que el 30 de octubre (día fechado por la Policía como el de la desaparición de la víctima, de nombre Vanessa) ambos hablaron por teléfono durante 25,57 minutos y, en esa conversación, ella le comunicó su “firme e irrevocable” decisión de solicitar la custodia compartida de su hija.
Con el mismo número de votos han creído que el acusado, al no estar conforme con esa decisión, se trasladó al domicilio de Vanessa en Lardero y “después de haber conversado con ella (…) y sin llegar a convencerla de que no pidiese” la custodia “decidió darle la muerte”. “Para ello, Borja, de manera sorpresiva, atacó a Vanessa, de modo que ésta no pudo defenderse”.
De los nueve miembros del jurado, además, siete añaden que lo hizo “llegando a producirle asfixia hasta que pereció”. Este mismo número ha considerado que, después, “con el fin de dificultar la investigación y, así, eludir responsabilidad, decidió deshacerse de su cuerpo, ocultándolo temporalmente en el trastero del garaje y trasladarse con un vehículo a una zona del río Ebro, donde arrojó el cuerpo”.
Con ocho votos, el jurado ha considerado que “no presentaba ninguna alteración de sus facultades” y que el acusado “es responsable de haber causado intencionadamente y por sorpresa la muerte de Vanessa”.
PRISIÓN PROVISIONAL
Leída la decisión del jurado, el abogado de la defensa, Silvio Garrido, ha anunciado que recurrirá la sentencia en el Tribunal Supremo. Una sentencia que, ahora, que debe redactar el juez, basándose en lo decidido por el jurado popular, y que, en el caso de que se recurra, no será definitiva hasta que el Supremo se pronuncie.
Las cuatro acusaciones han coincidido en pedir la prisión como medida cautelar y, además, han apuntado a la agravante de parentesco. La defensa no ha estado de acuerdo y el propio condenado ha pedido que se le deje estar con su familia mientras la sentencia no sea firme.
En cuanto a la menor, de cinco años, hija de Vanessa y Borja, desde la acusación se ha pedido trasladar el caso a los Servicios Sociales de Granada. Mientras la acusación particular pide que se haga cargo el abuelo de la niña, padre de la fallecida, la acusación popular apunta a la tía de Vanessa.
La defensa ha pedido que continúe con la actual mujer del condenado, con la que tiene una hija, hermana de la menor, de menos de un mes y que quiso adoptar a la niña. El juez, en principio, no ha visto “desamparo” en la menor, aun en el caso de que el padre ingrese en prisión. La decisión queda pendiente.
Por último, respecto a la pena, las cuatro acusaciones se mantienen en la pena máxima de veinte años por asesinato, con la agravante de parentesco, y la defensa ha apuntado a la pena mínima, de quince años, porque, al estar separados, ha dicho que no procede la agravante.