El juez decano de Granada, Francisco Sánchez Gálvez, ha propuesto un sistema de arbitraje que vincule a entidades financieras y particulares para actuar sobre asuntos hipotecarios ya en trámite o sujetos a contratos anteriores a los cambios en la normativa de los desahucios aprobados por el Gobierno.
En una entrevista con Efe, el juez ha valorado el último Real Decreto de medidas urgentes de protección del deudor hipotecario -ya convalidado por el Congreso- al considerar que “es mejor tenerlo, que no tenerlo” y porque implica la adopción de determinadas iniciativas para resolver asuntos “especialmente graves”.
No obstante, el titular del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Granada cree que su eficacia “no es óptima” ya que el principal problema es la no retroactividad de cualquier reforma de calado que se haga en la Ley Hipotecaria o en la de Enjuiciamiento Civil.
El juez decano plantea que la fórmula que puede dar respuesta a casos ya en trámite o sujetos a contratos anteriores a la reforma sería la de establecer una comisión de arbitraje que vinculara a las partes implicadas, incluso con incentivos para las entidades financieras que se sometieran a ella.
“Si se sumaran a esta comisión, lo que dijera el árbitro vincularía a las partes, que ya no dependerían de una negociación”, ha señalado Sánchez Gálvez, que destaca que un sistema de arbitraje permitiría también individualizar cada cuestión y estudiarla “en toda su amplitud”.
El juez decano considera “muy estrictos” los requisitos previstos en los reales decretos sobre desahucios y ha señalado que, en las oficinas judiciales, la acreditación para poder acogerse a los mismos está resultando “laboriosa”, lo que en definitiva dificulta su eficacia real.
En este sentido, ha declarado que puede que haya familias con determinados bienes que no entran en la ratio establecida, pero que, una vez consumada la ejecución hipotecaria, sí quedan “arruinadas” o en una situación “absolutamente marginal”.
“Eso sí lo puede evaluar un árbitro y decir en qué casos establecer, por ejemplo, una posible salida rebajando cuotas, ampliando plazos o estableciendo claramente una moratoria en la ejecución del lanzamiento”, ha dicho el juez.
En cuanto a la ley hipotecaria y la pertinencia de reformarla, como jurista ha opinado que el sistema hipotecario español puede requerir de “alguna reforma” pero que no tiene sentido su desmantelamiento porque precisamente ha servido de sustento a un desarrollo económico “nada despreciable” en el ámbito inmobiliario.
“Me andaría con mucho tiento en las reformas de calado que se hagan sobre la Ley Hipotecaria, que evidentemente es mejorable”, ha advertido el juez decano, que ha concluido en que hacer un cambio basado en una situación que puede ser “coyuntural” podría llevar a consecuencias “indeseadas” y sobre todo “incalculables”.