Manifestarse sale tan caro como matar al hijo de quien se manifiesta, denuncia el multado

El padre de uno de los tres fallecidos en un accidente de tráfico por el que ha sido parcialmente indultado un conductor que fue condenado a tres años y tres meses de prisión ha criticado las diferencias que existen entre las multas impuestas por este tipo de hechos y las sanciones establecidas por manifestarse.

Así lo ha trasladado a Efe Manuel Hidalgo, después de que el Ministerio del Interior haya desestimado el recurso de alzada que presentó contra una resolución de la Subdelegación del Gobierno en Granada, ahora confirmada, que le impuso una multa de 301 euros por participar en una concentración junto a simpatizantes del 15M.

Según se recoge en la comunicación de Interior, a la que ha tenido acceso Efe, la concentración “no comunicada” tuvo lugar el pasado 21 de febrero de 2012 y se transformó en una manifestación de unas 250 personas que desembocó en “desórdenes graves”, interrumpiéndose el tráfico rodado y causando un “caos circulatorio”.

Hidalgo, que negaba la veracidad de estos hechos y que no estaba conforme con esta resolución, interpuso contra la misma un recurso de alzada que finalmente ha sido desestimado.

El Ministerio ha entendido para ello que la información aportada por los agentes de la autoridad actuantes goza de “eficacia probatoria”.

La resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer un recurso judicial contencioso-administrativo, que Hidalgo estudia ahora presentar junto a su abogado.

Además ha criticado las que considera incomprensibles diferencias existentes entre las cuantías sancionadoras que se imponen por participar en una manifestación y la prevista para el conductor condenado por la muerte de su hijo, para el que se fijó una multa cercana a los 750 euros.

Hidalgo ha anunciado además que previsiblemente la próxima semana formalizará ante el Tribunal Supremo el recurso que promueve junto a las familias de los otros dos fallecidos contra el indulto parcial concedido por el Gobierno, que implicaba que el conductor condenado por los hechos no tuviera que entrar en prisión.

Según informó en rueda de prensa el despacho que abogados que representa a estas familias, aunque el indulto parcial resulta “irrevocable”, el Supremo podría “revisarlo” al haberse concedido mediante un Real Decreto, que puede considerarse un “acto administrativo” publicado en el Boletín Oficial del Estado.

El indulto parcial concedido por el Gobierno conmutó a Rafael H.G. la pena privativa de libertad a la que fue condenado por la Audiencia de Granada por otra de dos años de prisión, quince días de trabajo en beneficio de la comunidad y un año de multa en cuotas diarias de dos euros.

El conductor fue condenado a tres años y tres meses de prisión por la muerte de tres jóvenes, uno de ellos menor, en un accidente de tráfico ocurrido en una carretera de Granada limitada a 40 kilómetros por hora en la que circulaba a más de 120.

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