La Audiencia de Granada ha condenado a un fisioterapeuta a seis años de prisión por un delito de abusos sexuales y otro de abuso sexual continuado, al considerar probado que aprovechó su trabajo para violentar a dos de sus pacientes en un centro de salud de Loja.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera probado que J.J.S.G., sin antecedente penales, aprovechó su trabajo como fisioterapeuta para abusar sexualmente de dos de sus pacientes en un centro sanitario de la localidad granadina.
Los hechos sucedieron en marzo del 2008 cuando una de sus pacientes acudió a la terapia y el acusado le pidió que se quitara la camiseta y el sujetador y le practicó un masaje en los pechos, al que siguió otro en los abductores hasta la zona de las ingles.
La sentencia ha recalcado que el fisioterapeuta realizó los masajes mientras mantenía conversaciones impropias, en las que hablaba a sus pacientes de su ropa interior o de las relaciones sexuales que mantenían.
El condenado declaró durante el juicio que estas conservaciones las mantenía para relajar a sus pacientes, negó cualquier intención sexual en sus masajes y recalcó que siempre los daba con los nudillos, como marcan, dijo, las prácticas habituales.
La Audiencia ha sentenciado que estas prácticas representaron un delito de abuso sexual continuado, ya que los masajes a su paciente, una joven que acababa de cumplir la mayoría de edad, se repitieron durante varios días, por lo que lo ha condenado a una pena de dos años y un día prisión y a indemnizar a su víctima con 3.000 euros.
Esta paciente detalló que se sintió incómoda y que no supo si el trato recibido por el acusado era el normal, hasta que más tarde comentó a su madre lo sucedido en la consulta.
El segundo delito tuvo lugar en mayo del 2008 en el mismo centro de salud de Loja, cuando el condenado atendió a una paciente con diferentes dolencias causadas por una fibromialgia.
Esta paciente declaró durante el juicio que el condenado le pidió que se quitara las bragas, a lo que se negó, y que el fisioterapeuta se las bajó hasta las rodillas para hacerle un “masaje vaginal”.
La Audiencia ha considerado probados los hechos tras la declaración de la víctima, que la sentencia ha calificado como “clara, contundente, mantenida en el tiempo y sin fisuras”, y ha calificado estos hechos como un delito de abuso sexual.
La sentencia ha subrayado que con esta víctima, el abuso fue más grave porque hubo “penetración de miembros corporales en la vagina”, por lo que ha condenado a J.J.S.G. a otros cuatros años de cárcel y a indemnizar a su víctima con 6.000 euros.
La Fiscalía había solicitado por estos hechos una pena de cárcel de nueve años.