Cervezas Alhambra presenta recurso contra la sanción que le impuso Medio Ambiente por ruidos

Cervezas Alhambra ha presentado un recuso contencioso-administrativo contra la sanción de 20.000 euros que le impuso la Junta de Andalucía por superar la planta granadina los niveles de emisión acústica establecidos, que le obligaba además a adoptar “las medidas necesarias” para que la actividad se desarrollase dentro de los límites permitidos.

Según han informado a Europa Press fuentes del caso, la empresa ha decidido acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa después de que la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente desestimara su petición de que se dejara sin efecto la sanción, en una resolución que ponía fin a la vía administrativa.

La empresa alegó que el nivel máximo de emisión acústica no podía aplicarse con los mismos límites al lugar en el que está situada la fábrica y adonde están ubicadas las viviendas cercanas, puesto que se encuentran en zonas de planeamiento urbanístico distinto y se construyeron con posterioridad a la planta. Asimismo, señaló que, no obstante, ya estaba acometiendo reformas para evitar las inmisiones, y consideró que no ha quedado acreditado que con los ruidos se haya puesto en peligro grave la seguridad o la salud de las personas.

Sin embargo, la administración entiende que la mercantil “no puede acogerse al argumento consistente en que los presuntos incumplimientos han sido consecuencia de circunstancias sobrevenidas”, ya que “una instalación o actividad está sujeta en cualquier momento a las modificaciones que la legislación imponga”.

“Por tanto, es posible que una instalación o actividad que sea legal en un primer momento, se convierta en ilegal si no se adapta a la normativa”. Así, al ser el uso característico de la zona el residencial, la empresa “debe cumplir con los límites de emisión correspondientes al uso residencial”, lo que no a ocurrido, señala la Junta, “a tenor de los informes que obran en los expedientes”.

En cuanto al nexo de causalidad entre los niveles de inmisión y el peligro para la salud de las personas, “difícilmente puede sostenerse la ausencia” de la misma, cuando ha quedado acreditado por los análisis realizados que el nivel de ruido emitido por la fábrica era “intolerable” en horario nocturno.

“De modo que, a menos que pueda admitirse que una persona pueda ser inmune a un ruido intolerable continuado durante varios meses, es evidente que un ruido intolerable impide o dificulta el sueño, lo que produce, si no un daño a la salud de las personas, un riesgo indiscutible”, mantiene la Consejería, que además recuerda que los partes médicos aportados por los afectados confirman que no sólo se ha producido un riesgo, sino que además se han provocado daños.

Por lo que se refiere a las inversiones realizadas en aras a solventar las molestias de los vecinos, la administración incidía en que éstas son “medidas de obligado cumplimiento” por los resultados arrojados en las distintas mediciones, y recuerda que la sanción obligaba a paralizar temporal y parcialmente las instalaciones en horario nocturno, en tanto se acredite el cumplimiento de los límites de inmisión.

EL CASO DE LOS RUIDOS, TAMBIÉN EN EL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

Paralelamente, el asunto de los ruidos ha llegado también a los tribunales tras la denuncia interpuesta por los vecinos, y el Juzgado de Instrucción 1 de Granada ha imputado ya cinco directivos de la empresa, entre ellos el jefe de Mantenimiento de la fábrica, que el pasado 1 de febrero admitió en sede judicial que sus servicios generales –sistemas de refrigeración o cocción, entre otros– continúan encendidos por la noche y que su intensidad funciona “bajo demanda”.

En el proceso judicial están imputados por los posibles delitos de lesiones, medio ambiente y desobediencia otros cuatro altos cargos de la empresa, el director general de Cervezas Alhambra, el director de Medio Ambiente, el director general de Mahou-San Miguel, que declaró en Madrid el pasado 18 de octubre, y más recientemente el que fuera jefe de la fábrica hasta julio de 2012, que recientemente negó ante el juez las acusaciones.

A la causa se han unido ya los informes del forense del Instituto de Medicina Legal de Granada que ha examinado a los afectados por los ruidos de la planta granadina, que determina que no mejorarán del estado que presentan, que incluye ansiedad, cansancio o síndrome de stress postraumático, “mientras dure la noxa –el agente externo que produce el malestar– que lo provoca”.

Además, los vecinos afectados ya han recurrido ante la Audiencia Provincial de Granada la denegación que en su día dictó el Juzgado de Instrucción 1 de Granada. Concretamente, el despacho de abogados García & Valdivia abogados SCP, que lleva tanto la acusación particular en la defensa de los afectados como la demanda civil, ha solicitado, como medida cautelar, que la planta no funcione entre las 23,00 y las 7,00 horas, “hasta que los niveles de ruido estén dentro de los permitidos”.

Además, en el ámbito civil, también hay fecha para el juicio por ruidos, tras la denuncia que interpuso una de las vecinas del bloque. Será el próximo 2 de mayo en el Juzgado de Primera Instancia número 12, según las fuentes consultadas.

Fue el pasado 21 de septiembre cuando los dos primeros directivos imputados comparecieron en la sede judicial de la Caleta y, aunque rehusaron hacer declaraciones a los periodistas, fuentes de Cervezas Alhambra sí expresaron su confianza en que la investigación se archive y se aclare la situación.

En el mes de junio la Audiencia Provincial de Granada consideró en un auto que los ruidos que generaba la planta granadina debían ser objeto de investigación penal, y que en el caso de Cervezas Alhambra hay mediciones del ruido que superan los límites legales establecidos por las ordenanzas municipales, “llegando a ser calificado en uno de los casos de intolerable”.

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