La Audiencia Provincial de Granada ha revocado el archivo del caso del posible robo de una niña al nacer en el Hospital Clínico de Granada en 1990 y ha ordenado que se practiquen nuevas diligencias para esclarecer el asunto, en relación a los informes contradictorios existentes sobre el análisis de los restos de la bebé, reabriendo así de nuevo la investigación.
La Sección Segunda de la Audiencia estima parcialmente el recurso de apelación presentado en su día por el padre de la menor, Eduardo Raya, que es además presidente de la Asociación de Afectados por Desaparición de Niños en Democracia (ADN-D), contra el sobreseimiento libre dictado en su día por el Juzgado de Instrucción número 2 de Granada.
Raya y su esposa, los recurrentes, sostienen que su hija fue “sustituida” nada más nacer por el personal médico que atendió a la madre en el parto (o por otras personas en connivencia) por otro bebé que presentaba una patología hepática grave, que fue la causa que los médicos esgrimieron para justificar la muerte de su hija. La “verdadera” niña, según mantienen los padres, sería entregada a otras personas, que durante los 23 años que tendría ahora la joven le habrían “hurtado” su filiación e identidad biológica real.
Como indicios de su tesis, los padres se apoyan en los resultados del análisis comparativo del ADN extraído de los restos mortales exhumados con las muestras indubitadas que ellos aportaron, que encargaron sucesivamente a tres laboratorios privados especializados en genética, dos de los cuales concluyeron que el bebé enterrado no era su hija biológica, aunque advirtiendo de su mala conservación. Los magistrados entienden que al Juzgado “no le satisficieran” esas conclusiones por su “equivocidad”, y advierten de que “no se logró despejar la duda”.
Sin embargo, apuntan como “prueba genética adicional sumamente importante” la realizada por el Instituto Nacional de Toxicología de Madrid, ordenado por la Fiscalía, sobre las muestras de hígado y tejido epitelial tomadas del cadáver de la niña el mismo día de su muerte por el Hospital. El resultado fue que con casi “completa seguridad” los restos analizados se correspondían con un hijo biológico de los recurrentes, que no obstante rechazaron esta prueba al entender que no estaba asegurada la “cadena de custodia”.
La Audiencia considera que si los restos se conservaron durante 20 años fue por la “rareza” del caso desde el punto de vista médico, y cree “rocambolesca” la hipótesis de los padres de que las muestras del hígado podían proceder de la hija verdadera antes de ser robada, o de de un feto abortado por la madre siete años después, ya que ello “implicaría un celo incesante de los supuestos miembros de la trama por encubrir el delito anticipándose a una futurible investigación”.
Pese a ello, recuerda que existe otro análisis, realizado por dos anatomopatólogos del Hospital Clínico de Barcelona , que concluyeron que los restos hepáticos en cuestión no se correspondían con los de un bebé, y por ello “con el fin de agotar la investigación”, los magistrados estiman “parcialmente” el recurso y revocan el auto apelado, para que “si es posible puedan disiparse esas posibles contradicciones”, exigiendo a los peritos “un mayor esfuerzo y precisión en la ampliación de su dictamen”.
Concretamente, la Audiencia ordena al Juzgado de Instrucción que se ponga en contacto con los expertos del Hospital Clínico de Barcelona, para que aclaren los informes emitidos, y también y con el Instituto Nacional de Toxicología, en su departamento de Sevilla, para que se pronuncie al respecto y ofrezca su opinión especialista sobre las conclusiones del otro estudio.
Eduardo Raya ha llevado su batalla hasta el Parlamento Europeo, una institución que recientemente se ha comprometido a estudiar su caso y que ha llevado a más de un centenar de familias a decidir presentar también ante la misma instancia una queja por la actuación en estos asuntos de la justicia española.
El caso de Raya fue denunciado por la Fiscalía ante el Juzgado de Instrucción número 2 de Granada, que sin embargo dictó el sobreseimiento libre –definitivo– del asunto, contra el que el padre afectado presentó recurso, en el que incluyó los informes de laboratorios que “vienen a acreditar” que los restos de la niña a la que dio sepultura al morir supuestamente tras el parto no tienen un ADN compatible con una hija biológica de su esposa, en contra de lo que dictaminó el Instituto Nacional de Toxicología, que no encontró ADN analizable.
En total, Raya cuenta con 12 informes que, según sostiene, evidencian que su hija le fue robada en el Hospital Clínico en 1990, “siéndoles entregado el cuerpo de otro recién nacido muerto”, en unos años, recuerda el padre, en los que varios ginecólogos granadinos fueron condenados por esos delitos.
“Yo no busco la verdad, porque la verdad la sé, que es que me quitaron a mi hija”, ha llegado a indicar Raya, que confía en que la Audiencia finalmente reabra su caso y “se pueda hacer justicia”.