Cárcel y multa a dos parejas que se agredieron tras discutir por el régimen de visitas de una niña

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a penas de hasta nueve meses cárcel y multa para un hombre y su expareja por enzarzarse en una pelea en la que participaron además sus actuales parejas sentimentales tras una discusión que se originó por el turno de visitas de la hija que tienen en común, menor de edad.

El tribunal atribuye al exmarido un delito de lesiones con atenuante de dilación indebida y le condena a cuatro meses de prisión, absolviéndole del delito de malos tratos, amenazas y falta de injurias por el que había sido acusado inicialmente. Al compañero de su ex, con el que se peleó, se le ha impuesto una pena de nueve meses de cárcel, además del pago de 20.000 euros de indemnización al primero; mientras que las dos mujeres tendrán que hacer frente a 180 euros de multa por una falta de lesiones cada una.

Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan a las 20,00 horas del 6 de mayo de 2007, en la calle San Isidoro de Granada, cuando se produjo la entrega de la hija común menor de edad del procesado identificado como S.R.M.P. a su exesposa, la también inculpada M.A.A.M., después de que la niña hubiera pasado el fin de semana con su padre.

El hombre comenzó a discutir con su exmujer, que se encontraba allí con su entonces compañero sentimental, J.M.L.C., en torno al régimen de visitas de la menor, concretamente acerca de un cambio que proponía para un fin de semana próximo. La discusión fue subiendo de tono y el procesado llegó a seguir a su ex y su pareja por un pasaje e introducirse en el portal de su casa.

Esta situación dio lugar a que el compañero sentimental de su exmujer le reprochara su actitud, y los dos entablaron otra nueva discusión que acabó en forcejeo, con empujones y golpes entre ambos, por los que sufrieron lesiones, tanto erosiones como algunas fracturas de huesos.

Seguidamente, J.M.L.C y M.A.A.M., junto a la niña llevada por ésta, subieron por el ascensor hasta el piso que residen, y mientras el otro acusado, S.R.M.P. llamó por teléfono tanto a la Policía como a su actual esposa, A.C.M.G., y les dijo que había sido agredido. Unos minutos después del incidente del portal, los otros dos anteriores volvieron a salir a la calle con el objetivo de dirigirse en coche a un centro médico, puesto que J.M.L.C. tenía dolor en la mano derecha.

Sin embargo, en el pasaje volvieron a encontrarse con la otra pareja, quienes pretendían impedir que se marchasen antes de la llegada de la Policía, y la procesada A.C.M.G., les cogió los papeles del coche para que no pudieran irse. Así, las dos mujeres también se enzarzaron en un forcejeo, por la que ambas resultaron heridas.

Contra la sentencia, con fecha 15 de noviembre, cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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