La Audiencia de Granada ha confirmado de manera firme el archivo decretado por el Juzgado de Instrucción 7 de las diligencias abiertas contra el líder de una comunidad hinduista acusado de asociación ilícita y contra la integridad moral.
La Sección Primera, según el auto al que ha tenido acceso Efe, desestima de esta forma los recursos de apelación presentados contra el auto del referido órgano instructor, que determinó que esos supuestos delitos no habían quedado acreditados ya que la entrada y salida en la casa de yoga era “totalmente libre y voluntaria”.
Según recoge la Audiencia en su resolución, de las declaraciones de los testigos se infiere que el imputado daba numerosas charlas sobre los más diversos temas, pero todos ellos relacionados con la filosofía oriental de la que se proclamaba “maestro”.
No obstante, en ningún caso se ha acreditado que tuviese conductas relativas a la actividad propia y reservada a un profesional titulado de la Psicología.
La Audiencia recuerda que el auto recurrido también afirmaba, respeto a la supuesta estafa, que todas las conductas llevadas a cabo por los adeptos, incluidas las donaciones o entregas de dinero, eran hechas por personas adultas “que no tenían limitación alguna en la disposición de sus bienes”.
La defensa, ejercida por Juan Luis Aguilera Castilla, del despacho Vam abogados, resalta el hecho de que las “numerosas diligencias” practicadas en el procedimiento no hayan arrojado “ningún indicio” de veracidad de los hechos denunciados en su día.
En declaraciones a Efe, el letrado lamenta la “crítica y el escarnio público” al que a su juicio ha sido sometida esta comunidad religiosa “por profesar una confesión distinta”
La comunidad considera la denuncia “una mentira muy bien orquestada con una finalidad económica” y motivada por “rencillas de personas que no fueron aceptadas” en ella, y aclara que el archivo definitivo evidencia que no hubo conductas reprobables por parte del gurú hacia los miembros de esta comunidad, que son mayores de edad, como tampoco “trata de esclavas, ni agresión sexual ni intrusismo”.
El auto de archivo inicial, de febrero de 2013, llegaba después de que la Fiscalía, de quien partió la investigación tras la denuncia de exadeptos y familiares de los integrantes de esta comunidad, solicitara el sobreseimiento provisional.
La denuncia en cuestión atribuía al líder de la comunidad la captación de personas en satisfacción de sus intereses personales, para lo que utilizaba supuestamente técnicas de persuasión colectiva, limitaba la alimentación hasta conseguir el “agotamiento físico y mental” de sus miembros y ejercía incluso la violencia física sobre ellos.
Y todo ello, según la denuncia, para que los bienes propiedad de los miembros de la comunidad se integraran en el patrimonio personal del denunciado.
El Juzgado de Instrucción 7 de Granada decretó el archivo al considerar que no había quedado debidamente justificada la perpetración del delito, toda vez que la entrada y salida de los miembros de la comunidad era “totalmente libre y voluntaria” aunque existieran unas normas, “si se quiere estrictas”, que debían ser cumplidas para mantenerse en esta casa de yoga con sede en Armilla.
El juez relataba que los asistentes se reunían la mayoría de las veces para practicar cursos de yoga o meditación relacionados con la cultura hinduista y que se les exigía que fueran mayores de edad.