La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada acoge este martes y miércoles el juicio contra el alcalde de Maracena (Granada), el socialista Noel López, que acaba de revalidar el cargo, por un posible delito de desobediencia judicial y otro de prevaricación relacionados con la autorización de unas obras de un colector de agua pese a que estaban paralizadas por un juzgado.
La Fiscalía de Granada solicita para López una multa de 2.520 euros y nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público.
Según consta en el escrito de acusación provisional del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, antes de los primeros días del mes de octubre de 2011, el alcalde “decidió” y, para ello impartió “las debidas instrucciones”, iniciar materialmente las obras de un colector de aguas residuales sobre terrenos de la Unidad de Ejecución 14 de Maracena, sin contar con la autorización de sus “legítimos propietarios”.
Además lo hizo, según el fiscal, “contra la expresa voluntad” manifestada en tal sentido por la Junta de Compensación y “soslayando” las competencias legalmente atribuidas a la misma. Frente a tales vías de hecho, los propietarios afectados, presentaron recurso contencioso-administrativo en el Juzgado de lo Contencioso 5 de Granadas, que acordó como medida cautelar la completa paralización de las obras en un auto de fecha 4 de octubre de 2011.
La paralización decretada fue ratificada y mantenida por posterior auto, el 7 de octubre, pero sin embargo, el acusado, el 5 de octubre “consciente de su improcedencia y a sabiendas de la evidente y manifiesta vulneración que ello supondría”, decidió la continuidad de las obras, que fueron materializándose ininterrumpidamente en los siguientes días. Ello “supuestamente amparado en tan ficticia como fraudulenta pero en realidad inexistente legalidad”.
Con anterioridad, el alcalde había dictado resolución acordando el sistema de compensación al de cooperación para así “imponer” la ocupación forzosa de los terrenos afectados bajo el paraguas de un artículo de la Ley de Ordenación Urbana de Andalucía (LOUA).
Esto, aunque aprobado en pleno el 24 de junio de 2011, “ninguna efectividad podía tener en tanto no estuviese definitivamente aprobado el proyecto de reparcelación”. Según el fiscal, este proyecto fue aprobado en pleno el 8 de noviembre de 2011, siendo vigente la paralización judicialmente ordenada. Por eso, según sostiene el fiscal, López actuó con la “única pretensión” de soslayar el mandato judicial, “entendiéndolo revocado de hecho”.