El fiscal cree que no han quedado acreditadas las causas del accidente del viaducto de la A-7 en Almuñécar

El juicio por el derrumbe del viaducto de la A-7 en Almuñécar que causó la muerte a 6 trabajadores en noviembre d2 2005 ha quedado esta tarde visto para sentencia. La Fiscalía ha justificado su decisión de retirar la acusación contra los once acusados en que no ha quedado acreditado con certeza lo ocurrido y todo se basa en hipótesis.

Para el fiscal, que ya el lunes pasado anunció su decisión de modificar sus conclusiones provisionales retirando la acusación contra los once imputados, ha quedado acreditado que se hizo “todo lo posible” para el buen desarrollo de la obra.

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La acusación popular ejercida por Comisiones Obreras y UGT ha retirado la acusación de delito de homicidio imprudente, manteniendo el delito contra la seguridad de los trabajadores para 6 de los 11 imputados.

A diferencia de UGT, donde se asegura que el derrumbe de la autocimbra se debió a una soldadura que afectó a los tornillos de apriete, desde Comisiones el sentimiento es de fustración porque para ellos no se conocen en verdad las causas del siniestro. Al menos, así lo ha señalado Juan Martínez, responsable de Acción Sindical y Salud Laboral.

El sindicato Comisiones Obreras, a las diez y media de la mañana, comunicaba oficialmente que rebajaba los cargos para los imputados, y retiraba toda acusación a tres de ellos.

Por su parte, Francisco Ruiz Ruano, de UGT, tiraba de hemeroteca para asegurar que el juicio arrancó mal desde su fase de instrucción ya que los realmente culpables, en referencia a dos empresas certificadoras de la seguridad de la cimbra, no se han sentado en el banquillo de los acusados.

La Fiscalía basó su acusación inicial en una supuesta falta de revisiones y mantenimiento de la obra y la estructura metálica que se desplomó, pero las pruebas practicadas en el juicio han demostrado por el contrario que se realizaron revisiones “con exceso de celo” y más de las exigidas.

Ha quedado también acreditado que la caída de la cimbra -estructura metálica que se desplomó- no era un riesgo previsible, en opinión del fiscal, para quien tampoco ha podido demostrarse que el accidente se debiera a la rotura o aflojamiento de alguno de los tornillos, que eran además de “calidad superior” a la exigida por la normativa.

Respecto a la posibilidad de que el accidente se hubiera debido a una deficiente soldadura de las piezas -otra de las hipótesis barajada-, ha dicho que la única forma de demostrarlo es por el método destructivo, y ha considerado que aun en el supuesto de que la soldadura estuviese mal, la estructura habría aguantado “el doble” del peso que tenía que soportar.

El fiscal, que en cuanto a la ubicación de la planta de hormigón entiende que se adoptaron las medidas de seguridad pertinentes para evitar un riesgo, considera por todo ello que las pretensiones iniciales del Ministerio Público han quedado “vacías” dado que no han podido determinarse con exactitud las causas del siniestro, que causaron la muerte a seis trabajadores, cinco de ellos portugueses.

En esta última sesión también se ha pronunciado CCOO, que como acusación popular atribuyó finalmente un delito contra la seguridad y salud laboral a ocho de los once procesados, por el que les pide penas de dos años y medio de prisión y multa de 10 meses con una cuota diaria de 40 euros o, alternativamente, cinco meses de multa por la misma cuantía (al resto le retira los cargos).

El representante de CCOO ha justificado la retirada del delito de homicidio imprudente en que no han quedado acreditadas las causas que motivaron el siniestro, que fue “imprevisible”, y en que todo se ha basado en “meras hipótesis”.

El sindicato ha considerado “decepcionante” que con los medios utilizados y después de todo lo que se ha prolongado la instrucción no se hayan podido esclarecer las causas.

CCOO mantiene la acusación contra ocho de los acusados por un delito contra la seguridad y salud laboral al considerar que no se facilitó a los trabajadores los medios necesarios para evitar riesgos.

Por su parte, la UGT, que también ejerce la acusación popular, ha considerado que el accidente no era previsible, de ahí que haya retirado el delito de homicidio y lesiones imprudentes, aunque mantiene sus imputaciones contra seis de los procesados por el mismo delito que el sindicato anterior, para los que solicita penas que oscilan entre los tres y los seis meses de cárcel y multas de tres a seis meses por cuantías de entre 20 y 100 euros.

Este sindicato considera que existió un “exceso de confianza” por parte de la empresa y que el manual de instrucciones era “insuficiente”, por lo que debieron haberse adoptado medidas de seguridad alternativas.

En un par de semanas se hará pública la sentencia que elaborar a partir de hoy el juez titular del Juzgado de lo Penal nº 1 de Motril, Sergio Romero, que durante nueves sesiones ha tomado testimonio a casi medio centenar de personas entre acusados, testigos y peritos.

 

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