Los firmantes de la moción de censura de Armilla recurren la suspensión del pleno

Los firmantes de la moción de censura que pretende arrebatar la alcaldía de Armilla a Antonio Ayllón (PP) han presentado hoy el recurso de apelación contra la decisión de un juzgado de Granada de mantener la suspensión cautelar del pleno municipal que iba a debatirla el viernes pasado.

Este pronunciamiento del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 4 de Granada atendía así la petición de Ayllón, quien sostenía que en el trasfondo de la referida moción existía “un caso palpable de transfuguismo” por parte de José Luis Castillo, el edil de la formación independiente IDEA, ahora en el grupo no adscrito, que decidió abandonar el equipo de gobierno para apoyar la moción.

En el recurso de apelación contra la suspensión cautelar del pleno, al que ha tenido acceso Efe, los nueve concejales del PSOE, el único de IU y José Luis Castillo entienden que no puede justificarse la adopción de esta medida cautelar porque no existen razones ni criterios para ello.

Exponen, entre otras consideraciones, que la adopción de dicha medida contravendría la “filosofía del automatismo en la convocatoria del pleno” introducida en la reforma de la ley orgánica de Régimen Electoral y consistente en que, ante este tipo de casos, se convoque el pleno en el que se va a debatir la moción de censura de forma automática para evitar que el alcalde lo impida.

Alegan también que el interés público y el general de este caso “exigen la convocatoria del pleno y el debate y votación de la moción de censura”, porque de lo contrario se vulneraría, dicen, el derecho fundamental de los firmantes de la moción para ejercer el cargo público de concejal.

Contrariamente a lo mantenido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 4 de Granada, los firmantes de la moción entienden que “no debería haber ninguna duda de que resulta menos perturbable para los intereses generales y para el normal funcionamiento de la corporación municipal” que la moción firmada por la “mayoría absoluta” de los concejales pudiera debatirse y votarse.

Y no “suspender el pleno permitiendo la permanencia en el cargo del alcalde, apoyado por un grupo de concejales en minoría”, lo que, insisten los firmantes de la moción, no concuerda con la filosofía que inspira el sistema democrático ni con el sistema de mayorías.

Mantienen además que, al no llevarse a cabo la moción de censura, de resultar legal “se verá frustrado de su cargo el que a través de la mayoría de los miembros del pleno debería ostentar la alcaldía”, en alusión al PSOE que, recuerda, fue el partido ganador durante las pasadas elecciones municipales aunque no por mayoría absoluta.

Pero, lo que consideran “más grave”, durante el tiempo de sustanciación de la demanda y fallo de la misma, se adoptarán acuerdos políticos o económicos por quien hoy “no ostenta la confianza de la mayoría del pleno”.

El juzgado que acordó mantener la suspensión cautelar del pleno en el que iba a debatirse la moción de censura justificó su decisión, entre otros motivos, en que el daño que puede causarse a los promotores de la misma es “menor” que el que podría producirse al actual alcalde y a los concejales que lo apoyan.

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