El Juzgado rechaza un recurso contra la modificación de grupos políticos en Armilla

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 5 de Granada ha rechazado un recurso presentado, entre otros, por el portavoz del PSOE en Armilla, Gerardo Sánchez, contra el acuerdo del pleno de esta localidad en el que se dio cuenta de la modificación del grupo municipal del partido IDEA.

En el referido pleno extraordinario, celebrado el pasado 22 de noviembre, se dio cuenta del cese de responsabilidades del concejal delegado de Economía, Hacienda, Contratación y Personal, José Luis Castillo, y se comunicó la creación del Grupo Municipal no adscrito y que el referido edil pasaba a integrar, según el Consistorio.

Castillo fue precisamente promotor junto al PSOE e IU de una moción de censura contra el alcalde de Armilla, Antonio Ayllón (PP), cuyo debate plenario se mantiene suspendido por decisión del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Granada.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5, a través de un auto de fecha 11 de enero al que hoy ha tenido acceso Efe, desestima la solicitud de medidas las medidas cautelares interesadas entre otros por Sánchez, que pidió que “con carácter urgente” se suspendiera la ejecución del acuerdo de pleno que modificó los grupos políticos municipales.

Los recurrentes entendían que ese acto municipal les afectaba puesto que la exclusión de Castillo del grupo municipal IDEA a petición del otro edil de esta formación independiente y su consideración como concejal “no adscrito” podría impedirles formular moción de censura contra Ayllón.

El Juzgado aclara que “escapa” a su competencia el control de la legalidad de la modificación habida en IDEA y que el Ayuntamiento de Armilla tiene razón al sostener que la presente demanda “no se puede desconectar” del procedimiento que a su vez se sigue en el Contencioso Administrativo número 4.

“Ello hace que no existan razones de urgencia para resolver esta medida cautelar en tanto que el pleno en cuestión no podría celebrarse, aun en el supuesto de que se estimara la presente medida cautelar”, indica el auto del Contencioso Administrativo 5.

Por todo ello, desestima la solicitud de la adopción de la medida cautelar de suspender la modificación de los grupos políticos municipales, una decisión judicial contra la que cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Este pronunciamiento del Contencioso Administrativo 5 se ha conocido el mismo día en que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 4 ha citado a las partes implicadas en la moción de censura que pretende arrebatar la alcaldía a Ayllón, una vez que admitió a trámite el recurso de reposición interpuesto por los promotores de dicha moción.

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