Indemnización superior para el turista encarcelado por error en Granada hace 4 años

La Audiencia Nacional ha elevado de 3.000 a 20.000 euros la indemnización fijada inicialmente por el Ministerio del Interior por los daños causados al turista madrileño que permaneció por error varios días encarcelado en Granada en el 2009.

La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, de la Audiencia Nacional, se ha pronunciado en este sentido a través de una reciente sentencia tras la demanda de responsabilidad patrimonial dirigida contra la administración que presentó la abogada de Juan Manuel T.M., María José López González.

Según ha informado hoy a Efe esta letrada, este pronunciamiento judicial, que ya es firme y que puede sentar un “importante precedente” para posibles casos similares, reconoce las secuelas producidas a su cliente, el daño objetivo causado y la responsabilidad de la administración pública.

Para elevar la cuantía fijada en un primer momento por Interior en 3.000 euros, la Audiencia Nacional reconoce el daño “injusto y desproporcionado” causado al turista y, tomando como jurisprudencia distintos pronunciamientos del Tribunal Supremo, decidir aumentar la indemnización a 20.000 euros.

La abogada, que aunque solicitó en su demanda 50.000 euros se siente “muy satisfecha” con el fallo, ha recordado que decidió acudir a la vía contencioso-administrativa al vencer los seis meses que tenía la Administración para contestar a la demanda del turista ante Interior, sin que obtuviera la respuesta dentro de ese plazo.

Tanto ella como su cliente consideraron insuficiente la indemnización de 3.000 euros fijada por el Ministerio, ya que a su juicio no habría tenido en cuenta los dos meses que estuvo de baja laboral el afectado a consecuencia de estos hechos, los gastos derivados, ni los daños morales.

Transcurrido el plazo sin contestación o notificación alguna por parte de la Administración, esa parte consideró la demanda como desestimada ante el silencio administrativo y decidió recurrir a la vía judicial.

Inicialmente presentó su demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que se declaró no competente en el caso y lo remitió a la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, que finalmente ha sido la encargada de resolver este asunto.

El turista, vecino de la localidad madrileña de Griñón, fue enviado a prisión el Jueves Santo de 2009 por orden del Juzgado de Instrucción 3 de Granada porque sus datos personales coincidían con los de una orden de búsqueda que le presentó la Policía Nacional, que lo detuvo en el hotel donde se hospedaba.

Sin embargo, el turista sólo compartía el primer apellido con el titular del requerimiento original -I.T.M.- emitido por la Audiencia Nacional.

Al tratarse de un día festivo, el Juzgado de Granada que hizo efectiva la orden no pudo comprobar con la Audiencia Nacional los datos de la misma, verificación que no se realizó hasta el lunes siguiente.

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