El autor del accidente mortal de Huétor Santillán sigue en libertad

Audiencia no se pronuncia

La Audiencia de Granada ha desestimado pronunciarse sobre la petición de ingreso en prisión, efectuada por los familiares de los tres jóvenes que murieron en un accidente de tráfico en 2008 en Huétor Santillán, del conductor que fue condenado por este siniestro y posteriormente indultado por el Gobierno.

Después de que el Supremo estimara de forma parcial un recurso de estos familiares contra la medida de gracia y anulara el decreto por el que se le concedió, el letrado que representa a las víctimas, Manuel Ocaña, pidió a la Audiencia que mantuviera su rechazo al indulto y que además ordenara el ingreso en prisión del condenado.

No obstante, el tribunal provincial, a través de una reciente providencia, ha determinado que “no ha lugar” a las peticiones formuladas, ha informado hoy a Efe fuentes judiciales.

Indica también expresamente que la Audiencia debe considerarse el tribunal “sentenciador” sólo a los efectos de emitir los informes previstos por la Ley del Indulto.

La petición -ahora descartada- de los familiares se produjo después que el Supremo argumentara que el informe preceptivo para el referido indulto a Rafael H.G. fue emitido por un tribunal “equivocado”, ya que correspondía hacerlo a la Audiencia de Granada y no a la jueza de lo Penal número 2 de esa misma provincia, que había dictado la sentencia inicial del caso.

Por ello, los familiares de los fallecidos registraron una petición formal a la Audiencia para que pidiera realmente nuevos informes y no “se conformara” con los ya aportados en el expediente del indulto que se remitieron en su día al Penal 2.

Para ello, se basaban en dos razones fundamentales: que esos informes anteriores no serían “válidos” dado que los pidió un juzgado “incompetente” y que, para informar del indulto, habría que atenerse a las nuevas circunstancias, elementos y extremos que presenta el condenado.

Esa parte, según informó a Efe Ocaña, también entendía que, al haber quedado anulado de momento el indulto, la Audiencia debería pedir también al Juzgado de lo Penal que dejara “sin efecto” la decisión de no ejecutar la pena de prisión impuesta al condenado y que acordara, por tanto, su “inmediata” entrada en prisión, lo que finalmente ha descartado.

El representante legal solicitó al tribunal provincial que pidiera una serie de informes, de los que ha tenido conocimiento y que no se aportaron en su día, que determinarían cómo el condenado habría tenido incidentes de naturaleza penal con la familia y otras personas de la localidad derivados del accidente.

En opinión del abogado, todo ello determinaría “sin lugar a dudas” su falta absoluta de arrepentimiento por los hechos.

El joven indultado fue condenado por el Juzgado de lo Penal 2 a dos años y medio de cárcel, en relación al accidente de tráfico que tuvo lugar en Huétor Santillán (Granada) en el verano de 2008, en el que murieron tres jóvenes en una carretera limitada a 40 kilómetros por hora en la que circulaba a más de 120.

Tras ser apelada esa sentencia, la Audiencia elevó la pena a tres años y tres meses de cárcel y el condenado solicitó el indulto.

El Ministerio de Justicia remitió el expediente al presidente de la Audiencia de Granada, pero desde esa instancia judicial, a quien correspondía emitir el informe preceptivo por haberse convertido en tribunal sentenciador al elevar la pena inicialmente impuesta, se reclamó de forma errónea el dictamen al Juzgado de lo Penal 2.

El Gobierno concedió el indulto parcial al conductor que conmutaba a Rafael H.G. la pena privativa de libertad por otra de dos años de prisión, quince días de trabajo en beneficio de la comunidad y un año de multa en cuotas diarias de dos euros, con lo que consiguió eludir su entrada en prisión.

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