Recurren la condena de la parricida de Charches

La acusación particular que representa a la madre del hombre asesinado por su mujer de dos disparos en Charches recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la sentencia que la ha condenado a diez años de cárcel al contemplar una eximente incompleta que reduce la pena.

La Audiencia de Granada firmó esta semana la sentencia condenatoria contra María Dolores R.L., que pasará diez años en prisión por un delito de asesinato con el agravante de parentesco y la atenuante de confesión, una condena reducida al contemplar la eximente incompleta por alteración mental.

Los hechos tuvieron lugar en mayo del año pasado cuando la condenada asesinó de dos disparos de escopeta a su marido en la vivienda familiar de Charches (Valle del Zalabí), tras lo que escondió el cuerpo y limpió los restos para incorporarse al dispositivo de búsqueda creado tras la desaparición de la víctima.

El abogado de la acusación particular que representa a la madre del fallecido, Pablo Luna, ha detallado a Efe que presentarán un recurso en la Sala Penal del Alto Tribunal al considerar que en este caso no corresponde aplicar la atenuante de confesión.

Tras propinarle los dos disparos que acabaron con su vida, María Dolores se encargó de trasladar y tapar el cuerpo de su marido, limpiar la vivienda, quemar restos del asesinato y pintar el dormitorio en el que sucedieron los hechos.

La acusación particular recurre el fallo de la Audiencia al considerar que la confesión de la condenada cinco días después de los hechos y una vez que los agentes responsables de la investigación encontraron restos de la víctima no debería considerarse una atenuante, por lo que esperan que se incremente la condena.

Durante el juicio con jurado popular que se celebró en mayo, la Fiscalía mantuvo la calificación de los hechos y rebajó la petición de la pena de los 18 años iniciales a 15 años de cárcel frente a la pena 21 años solicitada por la acusación particular.

Su defensa solicitó la libre absolución al considerar una eximente completa rechazada por la Audiencia por una anomalía o alteración por transtorno de personalidad por dependencia, un retraso mental moderado y la obcecación en el momento de los hechos.

La sentencia de la Audiencia de Granada condena además a María Dolores a otros seis meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas al carecer de permiso para utilizar la escopeta con la que asesinó a su marido.

Durante el juicio, la condenada negó que el asesinato respondiera a un plan preconcebido y detalló que actuó enferma sin ser ella misma.

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