Piden 5 años de cárcel al exalcalde de Lanjarón por alterar censo electoral

Juicio en abril

La Fiscalía ha solicitado en sus conclusiones provisionales cinco años y medio de cárcel, por un delito de alteración del censo electoral y otro de falsedad, para el exalcalde de Lanjarón José Rubio (PP), que será juzgado a partir del próximo 14 de abril en la Audiencia de Granada.

El Ministerio Público, según el escrito de acusación al que ha tenido acceso Efe, le pide por el primero de esos delitos veinte días de prisión con inhabilitación especial para el sufragio pasivo, pena que podrá ser sustituida por 360 euros de multa, y otros 810 euros también de multa.

Por la falsedad, solicita cinco años y medio de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, inhabilitación especial para empleo o cargo público por tres años y multa de 810.

Según la Fiscalía, el acusado orquestó una “mendaz maniobra” de alteración del censo que supuso un incremento fraudulento de potenciales votantes de su partido político ante la perspectiva de la presentación de su candidatura a las elecciones municipales de mayo de 2007.

Todo ello fue llevado a cabo “conscientemente” en período electoral cuando, como alcalde, era el máximo responsable del control y la dirección del padrón, de modo que intentó posibilitar con ello el voto por correo de un grupo de solicitantes de empadronamiento en el municipio.

La acusación pública relata que, en los días 29, 30 y 31 de enero de 2007, se presentaron más de un centenar de solicitudes de empadronamiento en el municipio de Lanjarón.

Estas fechas correspondían con los últimos días hábiles establecidos para la inclusión en el censo electoral de la localidad a los efectos de derechos de sufragio activo en las elecciones municipales que se celebrarían en el mes de mayo de ese año.

En setenta casos, se presentó un formulario-modelo con los datos personales de los solicitantes escritos a ordenador y, de este grupo, once solicitudes fueron firmadas por el alcalde en aquellas fechas en virtud de autorización dada por parientes suyos.

De las solicitudes presentadas, 88 estaban datadas el 25 de enero de 2007, fecha que no guardaba correspondencia con la de presentación.

El fiscal explica que se comprobó también que el domicilio facilitado en la localidad de Lanjarón, que suponía la inclusión en el padrón municipal y por ende en el censo electoral, era “ficticio”.

Las personas solicitantes ni residían ni tenían intención de residir en el pueblo y su domicilio fiscal tampoco coincidía con el del nuevo empadronamiento.

Es más, añade la Fiscalía, se hacía constar que hasta siete personas, todas ellas parientes del acusado, residían en un mismo domicilio que presentaba “signos de evidente abandono y nulo consumo” de agua en los dos primeros trimestres de 2007.

El fiscal indica igualmente que en las solicitudes sólo se apoderaba “con carácter general” para la realización del empadronamiento en Lanjarón al acusado, que elaboró las mismas “faltando a la verdad” en las manifestaciones relativas al domicilio, con conocimiento de su “evidente falsedad”.

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